La Paridad del IEPC que Pisotea la Constitución
Parece que los integrantes del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Jalisco no han interpretado de forma cabal el significado de la palabra “paridad”, pues en su afán de impulsar a los grupos que por años han sido políticamente discriminados, están relegando a ciudadanos que deberían de contar con los mismos derechos constitucionales.
En el contexto de la política y la igualdad de género, la paridad se entiende como el principio que busca garantizar la igualdad sustantiva entre mujeres y hombres en el acceso a puestos de representación política y otros espacios de toma de decisiones. Se trata de asegurar que ambos sexos estén representados de manera equitativa en la vida pública, evitando la discriminación y promoviendo la inclusión.
Pero recientemente, el instituto político ha decidido que los partidos políticos y coaliciones deberán postular únicamente candidaturas femeninas para encabezar las planillas en los municipios de Zapopan, Tonalá, San Juan de los Lagos, Ixtlahuacán de los Membrillos, La Barca, Autlán de Navarro, Chapala y Poncitlán.
Ello sin duda alguna atenta contra las garantías constitucionales, pues la Carta Magna establece que todo ciudadano de nacionalidad mexicana tiene derecho a votar y ser votado, y hay que dejarlo bien claro, porque está demostrado también que el IEPC no sabe respetar la libertad de expresión ni los derechos constitucionales.
Los derechos de participación política están establecidos en las fracciones I y II del artículo 35 constitucional.
Para efectos prácticos también hay que tener cuidado con las postulaciones concretas, pues hay casos comprobados en el Sur de Jalisco donde las presidentes municipales fueron impuestas por su antecesor o algún líder político, y más que servir a la comunidad están atendiendo intereses de grupos y personas. Los ejemplos se pueden ver en Tamazula, Sayula y Zapotlán el Grande. Eso tampoco es garantizar la paridad.
Por eso hay que ser bien claros, no se puede quitar derechos a unos para darlo a otros… menos cuando se carece de mérito.
Aunque vale rescatar algo de esta iniciativa: también obligan a que en los municipios con mayor población indígena, los partidos políticos, coaliciones y candidaturas independientes deberán presentar la postulación de las planillas a munícipes donde la primera posición de la planilla sea encabezada por personas que se autodescriban como indígenas. Y entre ellos van Tuxpan y Zapotitlán de Vadillo.



